CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCIAS POR CARRETERA
Convenio Internacional (CMR)


1) - Normativa aplicable
Los servicios de Transporte Internacional de mercancías por carretera, incluidos los de Paquetería, prestados por JKL Express, se regirán por las presentes Condiciones Generales y estarán sometidos a las normas contenidas en el Convenio Internacional C.M.R. y demás legislación vigente. La utilización de los servicios de JKL Express, implica la aceptación por parte del usuario de las presentes Condiciones Generales y de las tarifas en vigor en el momento de la prestación de servicio.

2) - Mercancías

2.1) - Contenido y naturaleza
JKL Express ignora el contenido de los bultos que componen un envío, para lo que se remite a la declaración que, bajo su exclusiva responsabilidad, formule el remitente, no asumiendo responsabilidad alguna respecto al real contenido de los mismos.

Los gastos, indemnizaciones y/o penalidades derivados de la inexactitud o deficiencia de los datos facilitados por el expedidor serán de la exclusiva responsabilidad de éste.

2.2) - Mercancías sin embalaje o no apilables
JKL Express, deberá ser informado previamente por escrito sobre tales mercancías, reservándose el derecho a aceptar o rechazar su transporte. En todo caso y, conforme al Convenio CMR, queda excluida la responsabilidad de JKL Express en el caso de mercancías no embaladas o con embalaje insuficiente o no apropiado para soportar los riesgos inherentes al transporte de grupaje.

2.3) - Mercancías peligrosas
Salvo aceptación expresa y por escrito, JKL Express no acepta el transporte de mercancías A.D.R.

2.4) - Mercancías con características especiales
JKL Express deberá ser informado previamente sobre las características especiales de cualquier mercancía, tales como máquinas de gran dimensión, palets, etc. etc.

2.5) - Mercancías excluidas
En todo caso, se excluyen de nuestro transporte y responsabilidad , las siguientes mercancías: Perecederas, refrigeradas, animales vivos, cristalería fina, metales preciosos, monedas o billetes de banco, loterías, quinielas, joyas, piedras preciosas, perlas verdaderas, valores y documentos, objetos de arte o de valor artístico,colecciones, explosivos, radioactivos, otros tipos de peligrosos hasta un 10% de la carga, drogas (salvo las manufacturadas definidas como tales en los vademécumes de farmacia), materiales de la construcción en polvo o graneles, y transportes especiales de mercancías que estén obligadas a ello, quedando excluida cualquier responsabilidad de JKL Express al respecto.

3) - Tarifas aplicables

3.1) - Los servicios de transporte y conexos prestados por JKL Express al amparo de la presente normativa,  serán facturados de acuerdo con las Tarifas específicas en vigor en el momento de su realización.

3.2) - Los precios indicados en la Tarifa no incluyen el o los impuestos que fueran de aplicación obligatoria.

3.3) - Las Tarifas incluyen el trayecto internacional, el pasaje por los almacenes y en algunos casos, las recogidas o entregas, dependiendo de los acuerdos estipulados con cada cliente. Correspondiendo efectuar las operaciones de carga, estiba o descarga, al personal del remitente/destinatario. Igualmente se excluyen los gastos de despacho y tasas.

4) - Documentación y etiquetado de la mercancía

4.1) - Reglas generales

4.1.1) - Todo envío deberá ir acompañado de las pertinentes instrucciones por escrito a JKL Express, así como de la documentación necesaria, incluyéndose, en las expediciones para paises no comunitarios, facturas para efectuar los despachos en origen/destino. (aún tratándose de muestras sin valor.)

4.1.2) - JKL Express facilitará a sus clientes, si éstos se lo solicitan, modelos de instrucciones de expedición, así como el albarán a rellenar por el expedidor.

4.1.3) - Tanto en las instrucciones de envío como en el albarán y demás documentación, así como en las etiquetas de los bultos deberán constar claramente el nombre y dirección del destinatario, lugar de entrega y teléfono.

4.1.4) - JKL Express no responderá de los daños y perjuicios que se deriven de una información, documentación o etiquetado incorrecto.

4.2) - Envíos condicionados (C.O.D.)
En aquellos envíos cuya entrega al destinatario esté condicionada a la remisión por parte de éste de cheque, letra aceptada, acreditativo de transferencia o similar, ello ha de ser indicado previamente por escrito a JKL Express y consignarse de forma expresa en las instrucciones del envío, especificando claramente el condicionado. JKL Express se reserva el derecho a aceptar o rechazar tales envíos. Por dicha gestión JKL Express facturará al cliente un porcentaje convenido en concepto de gestión de cobro.

En los envíos C.O.D. de importación no se liberará la mercancía hasta disponer del condicionado requerido. En todo caso, JKL Express quedará relevado de toda responsabilidad por la falta de autenticidad o bondad del documento exigible, salvo probada mala fé o negligencia inexcusable por su parte.

5) - Plazos de entrega
Los plazos de entrega fijados son siempre orientativos y en ningún caso serán de aplicación de mediar trámites administrativos o aduaneros, o de no acompañarse la documentación necesaria en ciertos casos, por ejemplo en los envíos de bebidas alcohólicas. Tales plazos no serán de aplicación en los periodos vacacionales (Semana Santa, verano, Navidad, etc.). Para facilitar el cumplimiento de tales plazos, la mercancía debe ser entregada a JKL Express antes de las 17 horas si está destinada a algún país de la U.E., y durante la mañana si está destinada a paises no comunitarios o si están sujetas a
liquidación de impuestos especiales, como tabaco o licores. Para partidas de un tonelaje importante deberá avisarse previamente a JKL Express si se desea garantizar la salida prevista.

6) - Responsabilidad de JKL Express
La responsabilidad de JKL Express se ajustará, en todo caso, a las condiciones y límites de los convenios internacionales, salvo pacto expreso y por escrito.

6.1) - Exclusiones
JKL Express, no será responsable de daños consecuenciales o extraordinarios ni por lucro cesante. Así mismo, tampoco será responsable de la perdida, daño, demora o entrega incorrecta de la mercancia como resultado de:

  1. Circunstancias más allá del control de JKL Express.
  2. Catástrofes naturales, que incluyen: terremotos, ciclones, tormentas, inundaciones, fuego, enfermedad, niebla, nieve o hielo.
  3. Fuerza mayor, que incluye: guerra, accidentes, terrorrismo, huelga embargos, peligros del aire, disputas locales o disturbios civiles.
  4. Alteraciones nacionales o locales en las redes de transporte aéreo o terrestre, problemas mecánicos en los modos de transporte o maquinaria.
  5. Defectos latentes o vicios inherentes del envío.
  6. Actos u omisiones de funcionarios o empleados de aduanas, líneas aéreas, aeropuertos o gobiernos.
  7. Que el contenido del envío consista en cualquier artículo prohibido, incluso cuando hayamos podido aceptar el envío por error.

En cualquier caso, nuestra responsabilidad no excederá de la que asuman ante JKL Express las compañias de navegación, aéreas, ferrocarriles o transporte por carretera.

7) - Seguro de la mercancía (no disponible para documentos)
La mercancía, viaja por cuenta y riesgo del remitente y JKL Express no la asegurará de no mediar instrucciones previas y por escrito por parte del remitente. El remitente, podrá contratar una poliza que cubra el valor del contenido de su envío en caso de daño o perdida. No obstante, el seguro no cubre daños causados por demoras en la entrega.

8) - Reclamaciones por daños y/o faltas
Las reclamaciones por daños y/o faltas, si son aparentes, han de consignarse lo más detalladamente posible en el albarán de entrega del envío y notificarse inmediatamente por fax a JKL Express, careciendo de valor las reservas de tipo genérico tales como "bultos chafados", "conforme salvo examen", etc. Las reclamaciones por daños y/o faltas no aparentes deberán acomodarse a los plazos y formas que marca la Ley. En todo caso y siempre que la reclamación exceda de 150.000 ptas. deberá ir documentada y fundamentada con el pertinente peritaje oficial realizado en tiempo y forma.

9) - Derecho de retención
Los efectos porteados quedarán especialmente afectados a la responsabilidad del pago del precio del tranporte, almacenaje y demás gastos causados durante su conducción, pudiendo JKL Express retener su entrega hasta que no se le hayan satisfecho tales gastos en relación a dicha expedición u otras precedentes del mismo usuario.

10) - Legislación y jurisdicción aplicables
Los conflictos que puedan surgir como consecuencia de los servicios prestados al amparo de estas Condiciones Generales, se someterán a las Leyes españolas y a los Tribunales que correspondan según las normas de procedimiento común.


JKL Express, S.L.

Teléfono de Atención al Cliente: 93 879 49 94
Fax: 93 879 60 94  E-mail:
info@jkl.es

Oficina central: C/. Virgen de Montserrat, 67
C.P. 08400 Granollers - Barcelona - España

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